El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha adoptado nuevas medidas de prevención en materia
de salud pública para hacer frente al Covid-19, con el fin de reducir los riesgos de su propagación.
Estas medidas han sido propuestas por salud pública y pactadas con el sector, así como con los
alcaldes de las ocho capitales de provincias en una reunión mantenida el lunes 27 de julio de 2020.
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Declaración del botellón como actividad insalubre, nociva y peligrosa.
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También son consideradas insalubres las reuiones de carácter privado de más de 15 personas que tenga
lugar en espacios públicos (excepto establecimientos de hostelería).
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Los establecimientos de hostelería no podrán superar el 75% de aforo máximo para consumo en el
interior del local y la ocupación máxima será de 12 personas por mesa o agrupación de mesa.
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No se permite el uso compartido de dispositivos de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o
asimilados en los locales de entretenimiento, ocio, hostelería y restauración, discotecas y en
cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público.
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Medidas para Establecimientos de esparcimiento y de esparcimiento para menores:
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Los establecimientos de hostelería con música no podrán superar el 60% de su aforo.
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Los asistentes estarán sentados en mesas o agrupaciones de mesas, con un número máximo de 12
personas en cada una de estas y deben ser acompañados a la mesa asignada.
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Asegurar la higienización de las manos de los clientes a la entrada.
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Garantizar la toma de temperatura de los clientes a la entrada.
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Implantar sistemas de identificación de las personas que accedan a dichos establecimientos mediante
mecanismos que permitan el rastreo en caso de ser necesario y una rápida localización.
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Informar (a través de carteles) el uso obligatorio de la mascarilla.
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Queda prohibida la venta y consumo en barras, sólo se atenderá en mesas, con una distancia de
seguridad de dos metros.
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La limpieza de los servicios, ya sea con una persona permanente en el acceso o con un sistema que
demuestre que se limpian máximo cada hora.
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La apertura del establecimiento como máximo será hasta las 5.00 h.
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Las terrazas al aire libre de estos establecimientos limitarán su aforo al 75% en mesas o
agrupaciones de mesas, con una ocupación máxima en las mismas de 12 personas.