El Servicio Público de Empleo Estatal está actuando ante la situación provocada por la evolución del
COVID- 19 para atender una demanda sin precedentes de consultas y de solicitudes. Debido a la
situación de emergencia sanitaria, las oficinas del SEPE no atienden al público de forma presencial,
pero se sigue trabajando desde ellas para tramitar las solicitudes que se reciban, habiéndose
reforzado los medios de atención no presencial.
VÍAS DE COMUNICACIÓN Y DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Información para personas afectadas por ERTEs : suspensiones temporales de contratos y reducciones
temporales dejornada:
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Todas las personas trabajadoras afectadas por un ERTE ocasionado por el COVID-19 tendrán derecho al
reconocimiento de la prestación por desempleo, aunque no hayan cotizado el período mínimo necesario
para ello.
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Las personas afectadas por un ERTE de este tipo NO TIENEN QUE REALIZAR NINGÚN TRÁMITE PARA SOLICITAR
SU PRESTACIÓN ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
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Son las EMPRESAS que han presentado un ERTE por dichas causas las que harán la solicitud colectiva
de las prestaciones por desempleo en nombre de todos los trabajadores afectados ante el SEPE. Lo
único que tiene que hacer el trabajador es autorizar a su empresa para que envíe sus datos al SEPE.
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El SEPE ha articulado un procedimiento específico para que las empresas (directamente o a través de
sus asesorías) comuniquen los datos de cada trabajador afectado por el ERTE.
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Se ha puesto a disposición de las empresas una plantilla para el envío de la información de los
trabajadores por cada uno de los centros de trabajo. Esta plantilla se puede descargar desde el
sitio http://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/informacion-empresas.html
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Los trabajadores no deben dirigirse al SEPE para consultar el estado de su expediente ni para
ninguna otra gestión. El reconocimiento de las prestaciones va a ser automático, aunque, con el
volumen de expedientes que vamos a recibir, el pago de las prestaciones puede demorarse. Estamos
trabajando para que ese tiempo sea lo menor posible.
Información para personas en situación de desempleo no afectadas por un ERTE
Deberán presentar su solicitud de prestación ante el SEPE. En este momento se puede presentar
solicitud al SEPE a través de UNA de las vías siguientes:
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Puede realizarse el trámite por vía telemática en la sede electrónica
si se dispone de DNI electrónico, certificado
digital o cl@ve.
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Se puede contactar con el SEPE a través del servició de atención telefónica
. El elevado número de llamadas hace
que se produzca una saturación de las líneas en algunos momentos, pese a haberse ampliado el horario
de atención.
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Está disponible un formulario de pre-solicitud
disponible durante el periodo de vigencia de las medidas extraordinarias COVID- 19. Este formulario
NO ES DE APLICACIÓN SI LA PERSONA ESTÁ AFECTADA POR UN ERTE.
OTRA INFORMACIÓN GENERAL:
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Toda la información sobre las medidas que se van poniendo en marcha ante el COVID- 19 está en la web
del SEPE y en nuestras redes sociales.
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El SEPE, junto a las CC.AA. está impulsando medidas para asegurar la inscripción como demandante de
empleo. Todos los Servicios Públicos de Empleo autonómicos permiten la inscripción de demanda por
medios no presenciales y no se tienen que renovar las demandas (“sellar el paro”), permaneciendo en
alta
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Se recuerda que los plazos están suspendidos, que no corren y que no se perderán días de derecho por
presentar la solicitud fuera de plazo.
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En los subsidios, no se tiene que solicitar la prórroga del subsidio, manteniéndose el pago del
mismo transcurridos los 6 meses de plazo.
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En el subsidio para trabajadores mayores de 52 años, no se interrumpirá el pago de los subsidios por
desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR).
MUY IMPORTANTE:
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LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR UN ERTE NO DEBEN SOLICITAR CITA PREVIA NI DIRIGIRSE AL SEPE. LA
SOLICITUD SE REALIZA DE FORMA COLECTIVA POR LA EMPRESA.
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LOS TRABAJADORES QUE HAN VISTO EXTINGUIDA SU RELACIÓN LABORAL Y QUIEREN SOLICITAR SU PRESTACIÓN
DEBERÁN USAR UN ÚNICO CANAL PARA HACERLO:
- Tanto si se ha enviado una pre-solicitud por el formulario
indicado, como si se ha solicitado cita previa, desde el SEPE se iniciará la tramitación y se
pondrán en contacto a la mayor brevedad con el trabajador. No debe iniciarse una nueva solicitud por
otra vía.
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Presentar la solicitud a través de varios medios sería redundante y solo serviría para retrasar la
atención.
Ante la SITUACIÓN DE EMERGENCIA, SE RUEGA UN USO RESPONSABLE DE LAS VÍAS DE ATENCIÓN, para evitar el
colapso y la demora en la tramitación de solicitudes duplicadas.