Aprobadas las medidas del Plan de Emergencia ante Situaciones de Sequía

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Aprobadas las medidas del Plan de Emergencia ante Situaciones de Sequía

05/10/2022

Con la capacidad de agua embalsada por debajo del 42% y cumpliendo las medidas previstas por su Plan de Emergencia ante Situaciones de Sequía, Aljarafesa ha emitido un Bando que limita los usos permitidos del agua, con el objetivo de asegurar tanto el abastecimiento de uso doméstico como el necesario para mantener los procesos productivos.

En este sentido, se suprimen los consumos de uso ornamental, recreativo y cualquier otro que no sea esencial, apelando a la ciudadanía a hacer un uso racional, responsable y solidario de un bien escaso como es el agua, confiando en que este esfuerzo colectivo nos permita alcanzar un objetivo de ahorro de un 5% en el consumo, a fin de preservar las reservas actuales.

1. Por lo tanto se ha acordado prohibir el uso de agua potable en los siguientes supuestos, para todo suministro sea cual sea la actividad a que el mismo se destine:

  • Riego y baldeo de calles, plazas o cualquier recinto, público o privado.
  • Riego de zonas verdes o jardines, públicos o privados.
  • Llenado de piscinas privadas y públicas, salvo que dispongan y tenga en funcionamiento sistema de depuración y recirculación.
  • Fuentes para consumo humano que no dispongan de elemento automático de cierre.
  • Limpieza de cualquier clase de vehículos, si no es en establecimientos que tengan ésta como actividad primordial.
  • Cualquier otra actividad de exorno o festiva, como fuentes ornamentales, que no dispongan y tengan en funcionamiento elementos de recirculación y reutilización.
  • Sistemas de refrigeración por agua, que no dispongan y tengan en funcionamiento elementos de recirculación y reutilización.

2. Reiterar lo prohibición de disponer de bocas de riego y manipular en la red de distribución general sin autorización escrito de ALJARAFESA, salvo en los cosos de incendio.

3. Reiterar lo prohibición de enlozar redes de agua de abastecimiento público con los procedentes de pozo, pudiendo, en coso de infracción, suprimirse el suministro por rozones sanitarias.
Por las mismos razones, reiterar lo prohibición de usar agua de pozo para fines domésticos sin el tratamiento adecuado.

4.Suspender temporalmente los contratos de suministro destinados a los usos prohibidos y detallados en los normas anteriores. 

CONSULTA EL BANDO COMPLEO